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28 marzo 2019

ADIF

Sanción “ridícula” a Adif por tratar de inflar el cánon con sobrecostes millonarios

 

La CNMC critica que solo tiene margen para multar como mucho con 6.300 euros a la empresa tras detectar el sobrecoste de 43 millones en los peajes por uso de infraestructuras

 
Un tren de Cercanías de Renfe en Valencia. Un tren de Cercanías de Renfe en Valencia. JORDI VICENT
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En plena revolución del sector ferroviario, que a partir de diciembre de 2020 deberá abrir el transporte de pasajeros a la competencia, Adif recibe un tirón de orejas de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). El superregulador ha abierto un expediente sancionador a las compañías Adif y Adif Alta Velocidad por inflar en 43 millones el canon propuesto para cobrar este año a los trenes por circular en la red que gestiona este operador.

 

La sanción a la que se enfrenta Adif está, según señalan fuentes de Competencia, “en los límites de lo ridículo”. El sobrecoste millonario en el canon podría ser castigado con una multa máxima de tan solo 6.300 euros. Es por ello que en la CNMC insisten en que, de cara a la próxima liberalización del sector, este es el momento para que el Gobierno modifique este régimen sancionador anticuado, y que sea sustituido por uno más acorde a las necesidades actuales.

El fondo del asunto procede de la fijación del canon que hace Adif. Según el supervisor del mercado, este cálculo incluía partidas no contempladas por la ley. La CNMC recuerda que, de acuerdo con la ley del sector ferroviario, este peaje que se paga por usar la red ferroviaria pensado para cubrir los costes de estas infraestructuras debe estar orientado a los costes directos.

 

Y en el análisis que hizo de la propuesta de cánones de Adif y Adif Alta Velocidad, la CNMC llegó a la conclusión de que estos no se ajustaban a la legislación vigente y rebajaban la factura en 43 millones de euros. Sin embargo, el operador ferroviario remitió al Ministerio de Fomento una propuesta que omitía las modificaciones del regulador. “Esta conducta está tipificada como una infracción grave”, asegura la CNMC en un comunicado.

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