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26 mayo 2014

Trabajos sociales para un interventor de Renfe que admite abusos a una pasajera

La pena de conformidad obliga a Ángel P. F. a indemnizar con 3.000 euros a una viajera a la que besó sin permiso tras preguntar si podía acostarse junto a ella en el coche cama


j.f. | ourense 23.05.2014 | 01:38

 


El acusado (i.), a la salida del juzgado tras reconocerse autor de la agresión sexual.

El acusado (i.), a la salida del juzgado tras reconocerse autor de la agresión sexual. // Jesús Regal

El interventor de un tren de Renfe que cubría un trayecto de Barcelona a Vigo se conformó ayer con una condena de 1 año de prisión que será sustituida por 1 año de trabajos comunitarios. Ángel de la Peña Fernández, de 52 años, deberá asumir las costas del proceso e indemnizar a la víctima, una pasajera de Vigo, con 3.000 euros. El juicio previsto para ayer en el Penal Número Dos de Ourense, no llegó a celebrarse tras el acuerdo entre la fiscal, la acusación particular y el abogado de la defensa. Antes de que se rubricara el acuerdo, cuando el caso se elevó a la fase de juicio, su propio letrado ya había reconocido que que Renfe apreció en el empleado "conductas extrañas" y que incluso le pagaba el psicólogo.

Los hechos tuvieron lugar en un tren Altaria operado por Renfe a primera hora del 12 de julio de 2010. El convoy cubría el trayecto entre Barcelona y Vigo. El interventor ofreció a la supuesta víctima poder viajar en un comportamiento con cama y la mujer accedió. Instantes después, el ferroviario regresó a la estancia y, al ver a la pasajera acostada, le preguntó si podía tumbarse a su lado. La mujer se negó. No obstante, el acusado se colocó junto a ella, sujetándola por la cadera y dándole después un beso en el cuello. La viajera lo empujó y se dirigió a la puerta para marcharse. El interventor interrumpió su paso, se colocó delante de la salida del compartimento y le dio un beso en la boca.

Como consecuencia de los hechos, la víctima sufrió ansiedad y un trastorno de estrés postraumático que requirió para su sanidad 50 días que no fueron impeditivos. Por las secuelas, diagnosticadas como un trastorno neurótico de estrés, la condena establece el pago de una indemnización de 3.000 euros de la que Renfe sería responsable subsidiaria.

En el caso también estaba personada una acusación particular que extendió el relato de los hechos a un momento posterior a que la víctima lograra escapar. Según decía, la mujer regresó al asiento que ocupaba inicialmente en el vagón donde, tras comienza a llorar, fue consolada por otra pasajera. La acusación unió la experiencia de las dos mujeres para culpar al acusado de intentar previamente lo mismo con la segunda viajera.

La conformidad ratificaría solo la versión de hechos del ministerio público. La fiscal pedía una condena inicial de año y medio de cárcel. La acusación particular ampliaba a dos los delitos, uno consumado y otro en grado de tentativa, solicitando un castigo de 3 años y 11 meses.

El acusado estuvo a tratamiento psiquiátrico después de que Renfe, según su defensa, apreciara "conductas extrañas del trabajador que incidían en el desarrollo de su labor". La operadora llegó a costear el tratamiento en una consulta privada.

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