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4 marzo 2015

Jurado de expropiación, 7-Adif, 0

El organismo ferroviario acaba de perder siete pleitos en el TSXG para intentar rebajar las expropiaciones por seis fincas de Lalín y una en Silleda

O. P. ARCAlalín / La Voz, 04 de marzo de 2015. Actualizado a las 05:00 h.

 

Jurado provincial de expropiación de Pontevedra, 7- Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif), 0. Es el abultado marcador que registró la pasada semana la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que en una sola jornada emitió siete sentencias que desestimaban las pretensiones del organismo ferroviario de rebajar las cuantías que abonó por otras tantas parcelas para el paso del AVE, ubicadas seis en el municipio de Lalín y una en Silleda.

En las sentencias se reiteran argumentos muy similares, que defienden que las resoluciones del jurado de expropiación gozan de presunción de validez y acierto, al tiempo que indican que la parte recurrente ?Adif? emitió una cifra, pero sin respaldo suficiente del acuerdo. Añade que son afirmaciones sin apoyo probatorio, y subraya que los informes periciales de parte, en general, no pueden prevalecer frente a la valoración del jurado. Es lo que sucede en el caso de la finca de Silleda: el jurado provincial la tasó en 9 euros por metro cuadrado, por su proximidad a la localidad y acceso, en línea con las valoraciones de Facenda que apuntan 9,41 euros. Y aclara que si una finca dedicada a pasto en la misma zona tasó a 4,24 euros es porque fue el precio que solicitó el expropiado de esa finca.

Otras dos sentencias del TSXG calcan estas mismas argumentaciones, referidas en ambos casos a terrenos situados en Lalín: en un caso, cercana a la localidad, por lo que el jurado de expropiación fija un precio de 10,5 euros por metro cuadrado, y recuerda que los 4,24 euros que ejemplifica el Adif son por la antes citada finca de Silleda. En el otro caso lalinense, se fijó un justiprecio de 9 euros por metro cuadrado, frente a los 9,06 que reclamaba el expropiado.

En otras tres sentencias, todas en ellas referidas a terrenos situados en Lalín, se explicitan razonamientos jurídicos análogos, que se repiten en los tres fallos. De esta forma, apunta el TSXG sobre la pretendida falta de motivación de la resolución del jurado la doctrina jurisprudencial que señala que «basta con que la argumentación, aunque breve, sea racional y suficiente», señalando que en estos casos constan tasaciones objetivas de otras parcelas del entorno y en otras expropiaciones. Son tres casos en los que el jurado provincial fijó un precio de 10,5 euros por metro cuadrado para la expropiación, coincidentes con las valoraciones de la Consellería de Facenda. Rechaza el tribunal la valoración pretendida por el Adif, con una muestra de diez transacciones, subrayando que en nueve de ellas se trata de peticiones de herencia, que no separa terrenos en función de su aprovechamiento, y mezcla montes con prados y tierras de labor. También cuestiona el TSXG la encuesta de precios de tierra del MAPA, porque da precios medios por provincia y comunidad, pero no permite conocer el valor en una zona concreta.

Una séptima sentencia, también referida a terrenos en Lalín, rechaza el recurso del Adif en términos similares.

La cuantía de los recursos oscila desde los 416 euros a los 43.650 del más elevado

La cuantía de los recursos que motivan las siete sentencias que acaba de perder el Adif frente al jurado provincial de expropiación oscilan entre los 416 euros del menor de ellos, hasta los 43.651 euros del más elevado. Entre medias, se sitúan cuantías de 787 euros, 1.620, 2.014 euros, 2.833 y 5.919 euros. Precisamente en el fallo recaído en el caso de menor cuantía, el TSXG sostiene que se trata de una expropiación de 63 metros cuadrados de una finca de 3.340, con una tasación por Facenda en la misma parroquia de 12,93 euros por metro cuadrado, «no considerándose repetidamente por esta sala que un justiprecio de 10,50 euros por metro cuadrado para tales predios sea desproporcionado, mayormente cuando la cuantía del pleito que se promueve por el beneficiario alcanza unos 400 euros»».

Las sentencias son firmes, y contra ellas solo se podrá interponer recurso de casación, en un plazo de tres meses a partir de su notificación.

 

 

Antecedente por casas en Lalín

 

 

Las siete sentencias desfavorables al Adif se unen a la emitida el pasado mes de enero también por el TSXG, que elevó a 1.079.912 euros el valor de tasación de dos casas expropiadas en el municipio lalinense para permitir el paso del AVE, tras reclamar los dueños; el fallo obligaba a su vez a indemnizar con 30.430 euros a los propietarios, por el resto de la finca donde se asentaban los inmuebles, y que no había llegado a ser expropiado.

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