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22 enero 2013

Cataluña

EL JUEZ REPROCHA AL AYUNTAMIENTO DE GERONA QUE ALQUILARA TRENES PARA LA INDEPENDENCIA

j. guil / barcelona
Día 21/01/2013
-Anula el decreto de alcaldía por el que se fletaban dos trenes para asistir a la manifestación de la Diada pero condena a cada administración a pagar sus costas

El juzgado de lo Contencioso número de Gerona ha estimado parcialmente el recurso que presentó la Delegación del Gobierno en Cataluña contra el decreto por el que el Ayuntamiento de Gerona contrató dos trenes de Renfe para que los ciudadanos de esta provincia pudieran asistir a la manifestación independentistas de la Diada del pasado 11 de septiembre en Barcelona.

En su sentencia, que es firme ya que no es recurrible, el magistrado censura a ambas administraciones en conflicto por utilizar la justicia para "beneficios de carácter político o electoral" y, de resultas, condena al Ayuntamiento y a la Delegación a pagar sus propias costas judiciales y asumir la mitad de las comunes.

El juez, Jordi Palomer, concluye que el Ayuntamiento de Gerona, presidido por Carles Puigdemont (CiU),"se excedió de su ámbito competencial" al contratar los dos trenes, "ya que está claro que celebración (la manifestación de la Diada), por su reivindicación y su trascendencia excedía de lo que es su ámbito de competencia para adentrarse en reivindicaciones de carácter supra municipal". Para el magistrado, "lo que se pone de manifiesto con la actuación del Ayuntameinto demandado es el intento de utlización de supuestas competencias municipales, no ya en beneficio de vecinos del municipio, sino en la búsqueda de un beneficio claramente político".

En cuanto a la Delegación del Gobierno, el juez señala que "tampoco puede ser obviado" que este intento "de utilización de las instituciones con la intención de conseguir beneficios de carácter político o electoral, aunque a la postre se demuestren erróneos, se da también en la conducta de la delegación del Gobierno en Cataluña".

Así, considera la sentencia que la Delegación, "con el pretexto de defender la legalidad", interpone recursos como el presente, malgastando recursos humanos y económicos de los órganos judiciales, con conocimiento de la escasa o nula trascendencia jurídica de su resultado, lo cual es evidente".

En este sentido, el magistrado subraya que en este caso "no se ha afectado ni dinero público de ningún tipo y hastalos beneficios han sido donados al banco de alimentos". El Ayuntamiento puso en vendta las entradas para las trenes a un precio estimativo y tras cobrar su rpecio real, inferior, obtuvo un superávit de 2.500 euros que destinó al Banco de Alimentos.

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