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12 septiembre 2013

El exjuez Garzón vuelve a pedir la imputación de cargos de Renfe en el caso

Asegura que la labor del responsable de seguridad "puso en peligro a los pasajeros"

/ Vigo 11 SEP 2013 - 14:03 CET

Técnicos revisan la vía / CRISTÓBAL MANUEL

La defensa de una de las víctimas del accidente de tren de Santiago ha presentado un recurso contra el auto del día 4 del juzgado que instruye la causa, en el que pide la imputación del responsable de seguridad de Renfe y de quien elaboró el libro horario y el cuadro de velocidades.

La representación legal de Rosalina Ynoa, que dirige el exjuez Baltasar Garzón, ha presentado dicho recurso de apelación parcial, al que ha tenido acceso EFE, ante el Juzgado de Instrucción 3 de la capital gallega al rechazar este la imputación de Renfe en el siniestro, que costó la vida a 79 personas el pasado 24 de julio.

Solicita también que se libre oficio al Ministerio de Fomento para que remita copia de los estudios técnicos informativos para determinar si la instauración y desarrollo del sistema Ertms estaba prevista desde el momento de la planificación de la red ferroviaria, así como la necesidad del mismo. En su escrito de alegación, considera "pertinente" una explicación sobre las razones de por qué se decidió no instalar el sistema Ertms en el tramo de la vía donde tuvo lugar el siniestro. Acerca de la imputación del responsable de seguridad, arguye que Renfe Operadora, al pedir la desconexión temporal del Ertms, "puso en peligro la seguridad de los pasajeros", más aún al mantenerlo al menos hasta el momento del accidente para evitar 'fallos del sistema'.

En cuanto al técnico que elaboró el libro horario y el cuadro de velocidades, considera "pertinente" su imputación al entender que estaba "mal diseñado", según interpreta a partir de la documentación aportada por ADIF. Se remite al hecho de que la velocidad máxima con el sistema ASFA es de 200 kilómetros/hora mientras que el cuadro de velocidades facilitado por ADIF señala que en el punto kilométrico 84,230 se pasa de 220 a 80, con lo que, deduce, o se creó cuando el Ermts estaba vigente o no se revisó tras su desconexión un año antes.

En su auto del 4 de septiembre, el juez , Luis Aláez, además de rechazar cualquier responsabilidad de Renfe en el siniestro, valora el papel de la compañía ferroviaria respecto a la seguridad en el tramo en el que se produjo el descarrilamiento. El juez insiste, por tanto, en la responsabilidad de Adif, y aunque precisa que el gestor ferroviario "cumplió"con las concretas exigencias impuestas por el Reglamento General de la Circulación ferroviaria de señalizar oportunamente el cambio de velocidad que afectaba a la curva de A Grandeira, no llevó a cabo un control efectivo de los sistemas de seguridad'.

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