el Periódico Mediterráneo

11 septiembre 2013

Indemnizan a una familia 13 años después por un atropello de tren

El compañero de trabajo del fallecido debe pagar una multa de 180 € por no avisarle. El empleado no se percató de la llegada de un convoy durante las obras en la vía férrea

YOLANDA TENA SOLA-VERA 10/09/2013

Han pasado 13 años desde que un tren arrollara mortalmente al encargado de unas obras que se estaban desarrollando en un tramo de la línea férrea Valencia-Tarragona en el término municipal de Almenara, referentes a la aduación de la vía a la alta velocidad. Ahora, la Audiencia Provincial de Castellón ha fijado en más de 43.000 euros la indemnización que deberán recibir la esposa, la dos hijas y la madre del fallecido en el trágico accidente.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Mediterráneo, los hechos sucedieron el 9 de mayo del año 2000, cuando el encargado de la obra, el fallecido, se encontraban en medio del tendido ferroviario en el punto kilométrico 37,800, en Almenara, de la línea férrea entre Valencia y Tarragona, cuando, mientras comentaba el desarrollo de las obras de adaptación de la vía y la catenaria para la velocidad alta con el jefe de equipo de la obra, sin percatarse ninguno de ellos de la llegada de un tren de cercanías, fue arrollado el perjudicado, mientras que el jefe de equipo pudo saltar y ponerse a salvo a tiempo. El encargado de la obra murió en el acto.

La resolución judicial ha tardado tanto tiempo por los constantes recursos que han ido presentando durante estos años todas las partes implicadas, y, en particular, las aseguradoras.

 

“LAMENTABLE” // De hecho, el juzgado de Nules condenó a dos compañías aseguradoras y a las dos empresas encargadas de las obras a abonar a la esposa e hijas del fallecido 50.000 euros, en un fallo que fue recurrido por todas las partes. Las aseguradoras y las empresas presentaron recursos alegando que el delito estaba prescrito. El tribunal reconoce que es “lamentable” que hayan transcurrido 13 años entre el suceso y la resolución de la causa, aunque afirma que no puede darse por prescrito el delito ya que el procedimiento “no se ha paralizado en ningún momento por un periodo superior a seis meses”.

 

NADIE LE AVISÓ // Por otro lado, el magistrado ponente Horacio Badenes, de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón, condena también al jefe de equipo y compañero de trabajo del fallecido como autor responsable de un delito de imprudencia leve con resultado de muerte. Así, le impone una multa de 180 euros, al considerar que este debió de avisar a su compañero y así constaba en el atestado que la Guardia Civil elaboró y presentó ante el juzgado durante la investigación de esta muerte. H

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